ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN CONSTITUCIONAL DEL DISTRITOFEDERAL

Art. 44: La Ciudad de México, es el Distrito Federal, sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos. Se compondrá del territorio que actualmente tiene.....

Art. 122: Su Gobierno está a cargo de los Poderes federales y de los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial de carácter local.
· Son autoridades locales del Distrito Federal, la Asamblea Legislativa, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y el Tribunal Superior de Justicia.


JEFE DE GOBIERNO

El Jefe del Gobierno del Distrito Federal, tendrá a su cargo el Poder Ejecutivo y la administración pública en la entidad y recaerá en una sola persona, elegida por votación universal, libre directa y secreta.


ASAMBLEA LEGISLATIVA

Se integrará con el número de diputados electos según el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una circunscripción plurinominal, en los términos que señale la Constitución y el estatuto de Gobierno.


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

El Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Judicatura, con los demás órganos que establezca el Estatuto de Gobierno, ejercerán la función judicial del fuero común en el Distrito Federal.
DELEGACIONES POLÍTICAS

Son los órganos político-administrativos de cada una de las demarcaciones territoriales en que se divide el Distrito Federal.

Le corresponde al Jefe de Gobierno fijar los criterios para efectuar la división territorial del Distrito Federal, la competencia de los órganos político administrativas correspondientes, la forma de integrarlos, su funcionamiento, así como las relaciones de dichos órganos con el Jefe de Gobierno del distrito federal.

Los titulares de las delegaciones políticas serán elegidos en forma universal, libre, secreta y directa según lo determine la ley.

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