OTROS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LOS IMPUESTOS
1.- OBJETO: El objeto del impuesto es la situación que la ley señala como hecho generador del credito fiscal.
El objeto de una contribución es el ingreso, la utilidad o el rendimiento proveniente de una actividad económica y/o cualesquiera de sus facetas, que son señaladas en la norma jurídica respectiva como la determinación en cantidad liquida del tributo.
2.- UNIDAD DEL IMPUESTO: Es la cosa o cantidad delimitada en medida, numero, peso, etc., sobre la que la Ley fija la cantidad que debe pagarse por concepto de impuesto y que servirá para hacer el calculo correspondiente en cada caso concreto. Ejemplo: un kilo de sal, un litro de alcohol, determinada cuantía de renta.
3.- BASE DEL IMPUESTO. Es la cuantía sobre la que se determina el impuesto a cargo de un sujeto. Ejemplo: monto de la renta percibida, numero de litros producidos.
4.- CUOTA DEL IMPUESTO. Es la cantidad en dinero o en especie que se percibe por una unidad tributaria, llamándose tipo de gravamen cuando se expresa en forma de tanto por ciento.
5.- TARIFAS. Son las listas de unidades y de cuotas correspondientes, para un determinado objeto tributario o para un número de objetos que pertenecen a la misma categoría.
6.- PADRÓN TRIBUTARIO. Son las colecciones oficiales de los hechos que sirven para determinar los sujetos y los objetos del impuesto, asi como la deuda individual de cada causante. Se utiliza para llevar el control de los sujetos de impuestos que se perciben periódicamente. Ejemplo: el impuesto Sobre la Renta. Dicha obligación se encuentra estatuida en el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación.
7.- FUNDAMENTO DEL IMPUESTO. El motivo por el que se cobran los impuestos.
8.- FUENTE DEL IMPUESTO. Es el monto de los bienes o de la riqueza de donde se obtiene lo necesario para pagar el impuesto, puede ser la Renta o el Capital.
9.- FUENTES PRINCIPALES DEL IMPUESTO. Son dos fuentes:
EL CAPITAL. Es el conjunto de bienes de una persona, susceptibles de producir una renta (individual). Capital Nacional es el conjunto de bienes de un país, dedicados a la producción.
LA RENTA. La Renta esta constituida esencialmente por los ingresos, en moneda o en especie, que provengan del patrimonio personal o de las actividades propias del contribuyente, o de la combinación de ambos como el ejercicio de una profesión.
DIVERSAS CLASES DE RENTAS:
· RENTA BRUTA. Es aquella que se considera sin deducción alguna.
· RENTA NETA. Es aquella en la que s deducen los gastos que requiere la producción de esa renta.
· RENTA LIBRE. Es la queda al individuo después de deducir, no solo los gastos de obtención de la renta, sino también las cargas de todas clases que pueden pesar sobre ella. En esta forma, la renta queda reducida a cero o casi cero.
· RENTA LEGAL. Es aquella que se obtiene de deducir de los ingresos totales únicamente los gastos que autoriza la Ley.
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