COMPRAS AL EXTRANJERO

5.1. Situaciones que dan origen.
Ante la globalización económica, se tiene un auge del intercambio de mercancías entre los países, ante lo cual los departamentos de compras tienen relación. Un encargado de compras internacionales ha de tomar en cuenta las siguientes cuestiones:

SISTEMA LEGAL. Apegar las transacciones a la normatividad entre ambas naciones (aduanera, fitosanitaria, de seguridad, etc.), en que se incluye el cubrir aranceles de importación, pago de derechos y permisos de importación, así como las disposiciones legales aplicables.
NEGOCIACIÓN. En este rubro se engloban desde el lenguaje en la comunicación negociadora, hasta el tipo de moneda en que se logra la transacción, así como la forma de pago. Se requiere la consulta de agentes aduanales para considerar los factores y alcances de la importación.
TÉRMINOS DEL EMBARQUE. Incluye las formas de transportación (flete aéreo, marítimo, terrestre), los seguros ante riesgos (incluyese el riesgo por pérdida cambiaría: devaluación) y gastos incidentales. Un factor importante es el tiempo de espera. Generalmente, las transacciones comerciales más allá de las fronteras suelen ser por grandes volúmenes de magnitud superior a las compras nacionales, por lo que implica llevar a acabo un detallado análisis de los riesgos y ponderar todas las ventajas y desventajas, en aras de obtener la mejor decisión.

5.2. Procedimientos y requisitos.
Una vez determinado el proveedor mas conveniente y obtenida la cotización respectiva, fijando los términos de la operación en cuanto a plazos de entrega, forma de pago, medio de transporte, etc., se colocará el pedido. El pedido debe contener con toda precisión las: Cantidades, calidades, precios, forma de empaque, consignatario de la mercancía, medio de transporte, aduana de entrada (consecuentemente puesto de destino, ya sea fronterizo, marítimo o aéreo) así como todas las instrucciones de embarque pertinentes relativas a documentación, legalización y denominación correcta de la mercancía y demás datos que deberá contener la factura.
Estudios previos a la importación.

Requisitos previos antes de iniciar el pedido. Consulta de la tarifa del I.G.I.(Impuesto General de Importación y Disposiciones Generales.

Permiso de importación. (Control de las Importaciones).
Trámites y procedimientos finales de la importación.
Recepción de documentos, factura comercial visada (mar, terrestre), conocimiento de embarque (mar), talón de embarque(terrestre), certificados, declaraciones y lista de embarque.
Revisión minuciosa de lo ordenado contra lo embarcado, cantidad, descripción peso, precio, etc.
Preparación de la documentación, declaraciones y endosos, envío al agente aduanal, e instrucciones, fracción arancelaria, vía de transporte, y consignatario.

Trámites aduanales, despacho aduanal, integración y presentación de pedimento y anexos, confrontación, designación de vista, reconocimiento, pago y entrega en almacén.
Tráfico nacional, reexpedición, seguimiento, recibo.
La importación comienza al entrar la nave conductora de las mercancías en aguas nacionales o al cruzar las mercancías la línea divisoria internacional y concluye cuando se ha terminado la tramitación fiscal y las mercancías quedan a la libre disposición de los interesados.

5.3. Papel del gobierno y la regulación.
El Gobierno a través de diferentes leyes y decretos regula las importaciones y exportaciones, a continuación se mencionan:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Código fiscal.
Ley del Comercio Exterior.
Legislación aduanera.
Ley General del impuesto a la importación.
Ley General del impuesto a la exportación.
Ley de Fomento y protección (Art. 140 franquicias)
Ley de Inversión Extranjera
Ley del Tratado del Libre Comercio.

5.4. Tarifas arancelarias y las agencias aduanales.
El empresario que pretende importar o exportar alguna mercancía debe contratarlos servicios de un agente aduanal, en la práctica se concreta a tener una plática con el que ha sido seleccionado y empieza a darle pedidos de importación o exportación para su despacho aduanal.

El departamento de aduanas vigila los procedimientos aduanales para la recepción y expedición de las mercancías. Las aduanas del país se hallan abiertas al comercio de todas las naciones, excepto en los casos de guerras internacionales, por exigencias de salubridad pública o cuando se substraigan a la obediencia del Gobierno Federal.

El mercado de los Estados Unidos Mexicanos está abierto a todos los productos extranjeros, pero sujeto a los requisitos que las leyes establezcan y a las limitaciones y prohibiciones que acuerde el Gobierno Federal. En las tarifas de los impuestos de importación se consignan los requisitos especiales o prohibiciones relativas a la entrada o salida de las mercancías, así como las exenciones de dichos impuestos.

Las oficinas aduaneras, impedirán que se consuman operaciones de importación o de exportación cuando se trata de mercancías cuyo tráfico internacional esté prohibido o sujeto a requisitos especiales que no se hayan cumplido. Desde el momento en que las mercancías entren en las aguas territoriales, en el territorio o en el espacio aéreo de la nación , quedan sujetas alas disposiciones de la Ley Aduanera, a las tarifas y leyes federales que las afecten y lo que estipulen los tratados vigentes sobre comercio y navegación.

5.5. Documentos que originan una transacción internacional.
Artículo 131 de la Ley aduanera. De la sección segunda " Tránsito Internacional de Mercancías". El tránsito internacional de mercancías por territorio nacional se promoverá por conducto de agente aduanal, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
Formular el pedimento de tránsito internacional.

Determinar provisionalmente las contribuciones, aplicando la tasa máxima señalada en la tarifa de la Ley del Impuesto General de importación y la que corresponda tratándose de las demás contribuciones que se causen, así como las cuotas compensatorias.
Efectuarse por las aduanas autorizadas y por rutas fiscales que para tal efecto establezca la Secretaría mediante reglas. (Regla 154. Sólo procederá el tránsito internacional de mercancías por territorio nacional en los casos y bajo las condiciones que serían de la Secretaría mediante reglas (regla 156)

Artículo 130 Se considerará que el tránsito de mercancías es internacional cuando se realice conforme a alguno de los siguientes supuestos:
La aduana de entrada envíe a la aduana de salida las mercancías de procedencia extranjera que lleguen al territorio nacional con destino al extranjero.
Las mercancías nacionales o nacionalizadas se trasladen por territorio extranjero para su reingreso al territorio nacional.

DOCUMENTOS
Pedimento de rectificación al pedimento de tránsito.
Anexo de pedimento de rectificación al pedimento de tránsito.
Aviso de tránsito.
Pedimento de tránsito para el trasbordo.

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