Mecanismos de importacion en los paises miembros

Argentina y Brasil otorgan una rebaja inicial a partir del 1ro. de enero de 1995, luego una rebaja del 25% desde enero de 1996, se incremento la rebaja al 50% a partir de enero de 1997, aumento al 75% desde enero de 1998, llegando al 100% al 1ro. de enero de 1999.


Para Paraguay y Uruguay el sistema es similar pero corrido un año. Es decir que la rebaja inicial comenzó el 1ro. de enero de 1996 y las sucesivas al 25%,50% y 75% se produjeron a partir de enero de 1997, enero de 1998 y enero de 1999, respectivamente, llegando al 100% a partir del 1ro. de enero del año 2000.

Este sistema se denomina "Régimen de Adecuación Final a la Unión Aduanera" y las rebajas se aplican a partir de la tarifa nominal total de cada país, vigente al 5 de agosto de 1994. Ningún otro gravamen arancelario o para- arancelario podrá aplicarse sobre los productos integrantes de este Régimen.

Los países del MERCOSUR, tienen la facultad por decisión unilateral, durante el período de vigencia del Régimen de Adecuación Final a la Unión Aduanera, de retirar productos de sus listas así como de reintroducirlos en las mismas. Los productos que se retiran, pasan a gozar al ingresar a su territorio aduanero de una exoneración total de su tarifa nacional vigente. En cuanto a los que sean reintroducidos, su importación recibirá el tratamiento arancelario que le corresponda según la fecha en que ello se produce, en estricta conformidad con el cronograma de incremento de rebajas arancelarias antes comentado.

Los países pueden recurrir al procedimiento hasta tres veces por cada ítem arancelario, tanto con referencia a la reintroducción de productos, al margen de preferencia del cronograma, como al retorno a las cuotas originales.

Estas modificaciones entraron a regir según los casos, el 1ro. de enero, 1ro. de mayo o 1ro. de setiembre de cada año, mientras este en vigencia el Régimen de Adecuación.

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