Efectos financieros 2

7.1. TEORIAS DE CONSOLIDACION

Existen distintas formas de interpretar y desarrollar la consolidación. Si bien los diferentes planteamientos responden a soluciones intermedias entre dos planteamientos conceptuales diferenciados: la teoría de la extensión y la teoría de la entidad

7.1.1. TEORÍA DE LA EXTENSION DE LA COMPAÑÍA MATRIZ / Tª DE LA PROPIEDAD

•Fundamentos:

•El objetivo de los estados consolidados es proporcionar información útil a los accionistas de la sociedad dominante

•Predominio del enfoque financiero

•Los estados consolidados son una extensión de los estados de la dominante

•Los estados consolidados se preparan desde la perspectiva de los accionistas de la dominante

•El estado de resultados consolidado tiene como objetivo cuantificar el resultado que ha de ser atribuido a los accionistas de la dominante

•Características:

•Predomina en el ámbito anglosajón

•Los accionistas externos de las dependientes son considerados como acreedores y excluida su participación de los fondos propios

•El resultado consolidado esta integrado por el de la dominante mas el q le corresponde según su participación en el de las dependientes

•La participación de accionistas externos de las dependientes en el resultado se considera gasto

•La consolidación únicamente incluye a la dominante y a las dependientes. No se consideran las sociedades asociadas ni las multigrupo

•Solo es aplicable el metodo de integración global

•Eliminación de resultados por operaciones internas:

•Operaciones de la sociedad dominante con las dependientes (descendentes): se elimina al 100%

•Operaciones de las sociedades dependientes con la dominante (ascendentes): se eliminan por un porcentaje equivalente a la participación de la dominante

•El resultado atribuible a los socios externos se considera realizado y no se elimina

•Imputación de la diferencia de 1ª consolidación a activos y pasivos del balance:

•La parte correspondiente a la dominante, en función de su % de participación, a valor de mdo

•La parte correspondiente a los socios externos a valor contable

•Beneficio obtenido por la amortización anticipada de obligaciones o bonos, mediante compra en bolsa:

•Cuando son emitidos por la dominante: se reconocen en su totalidad

•Cuando son emitidos por una dependiente: se reconoce la parte correspondiente al % de la dominante

7.1.2. TEORÍA DE LA ENTIDAD

•Fundamentos:

•El objetivo de los estados consolidados es proporcionar información útil a los accionistas mayoritarios y minoritarios

•Predominio del enfoque económico

•Los estados consolidados reflejan el punto de vista del grupo como unidad eco

•Los recursos, independientemente de quien los haya aportado, han de ser valorados con el mismo criterio

•La atribución del resultado a los socios es una distribución de la renta total generada por sociedad consolidada

•Características:

•Se equiparan socios mayoritarios y minoritarios. Por ello, los intereses de los socios externos forman parte de los fondos propios

•Resultado consolidado es el que corresponde a todos los socios

•La consolidación incluye a las sociedades dependientes, asociadas y multigrupo

•Se pueden utilizar: MIG, MIP, procedimiento de puesta en equivalencia

•Eliminaciones por operaciones internas:

•Se realizan en su totalidad sea descendente o ascendente

•En las ascendentes la imputación a la sociedad dominante y a los socios externos es proporcional a la participación

•En operaciones con sociedades asociadas o multigrupo, la eliminación se realiza por el % que posea el grupo

•Imputación de la diferencia de 1ª consolidación a activos y pasivos de balance:

•Los elementos patrimoniales figurarán en el balance a su valor de mdo

•Incluye la totalidad de la diferencia de valoración, incluida la correspondiente a socios externos

•Se atribuye a los socios externos la parte de plusvalía o minusvalia q les corresponde en función de su participación

•Beneficio obtenido por la amortización anticipada de obligaciones o bonos se reconocen en su totalidad en la cuenta de resultados, con imputación proporcional a dominante y socios externos cuando haya sido emitida por una dependiente

7.1.3. PLANTEAMIENTO DE LA NORMATIVA ESPAÑOLA

•Las normas de consolidación se desarrollan en línea con lo establecido por la séptima directiva de la CEE

•El criterio de partida es aplicar la teoría de la extensión de la matriz, sin embargo, en su texto existen numerosas referencias a la teoría de la entidad

•Objetivo de las cuentas anuales consolidadas:

•Mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación finan y de los resultados del grupo

•Los estados consolidados se elaboran básicamente para satisfacer las necesidades de los socios de la dominante (teoría de la extensión), lo q implica q los intereses de socios externos se sitúan fuera de los fondos propios, aunque no se consideran como acreedores

•Participación de los socios externos en los resultados:

•Aparecen en el balance minorando las perdidas y ganancias consolidadas, para determinar los resultados atribuibles a la dominante (minoran fondos propios del grupo)

•Se incluyen en intereses socios externos

•En la cuenta PyG, la participación de socios externos en el resultado figura en una partida independiente (teoría de la Entidad)

•Perímetro de consolidación:

•Incluye a las sociedades dependientes, asociadas y multigrupo

•Son de aplicación el MIG, MIP y procedimiento de puesta en equivalencia

•Predomina pues la teoría de la entidad

•Eliminación de resultados por operaciones internas:

•Debe eliminarse y diferirse hasta su realización frente a terceros ajenos al grupo la totalidad del resultado por operaciones internas

•La eliminación de resultados afectara:

•A los resultados consolidados, las operaciones realizadas en el ejercicio

•A las reservas, los resultados pendientes de realizar de ejercicios anteriores

•El ajuste afectara a la sociedad q enajene el bien o preste el servicio

En resumen:

•Se elimina el 100% de los resultados, se imputa proporcionalmente a dominante y minoritarios cuando la vendedora sea la dependiente, se aplica Tª de la entidad

•Imputación de las diferencias de consolidación

•Las diferencias positivas y negativas de consolidación se imputan a los elementos patrimoniales de la sociedad dependiente hasta el limite atribuible a la sociedad dominante

•La cantidad a imputar vendrá dada por la aplicación del % de participación de dominante sobre la diferencia entre el valor de mdo y el valor contable, a la fecha de 1ª consolidación

•Esto implica q los elementos no figuraran valorados por su valor real (tª de la extensión)

•Adquisición a terceros de activos financieros

•En la adquisición a terceros de activos emitidos por las sociedades del grupo, excluidas las participaciones en el capital social, se puede producir un resultado

•El resultado seria la diferencia entre el valor de reembolso, deducidos los gastos finan a distribuir en varios ejercicios q correspondan y el px de adquisición, minorado en los intereses devengados y no cobrados

•El resultado se recogería en Beneficios/Perdidas por operaciones con acciones de la sociedad dominante y con pasivos finan del grupo, según corresponda

7.2. PRESENTACION DE LAS CUENTAS ANUALES

Su regulación es prácticamente coincidente con la de las cuentas anuales de las sociedades.

Art. 61. Documentos q integran las cuentas anuales consolidadas

Art. 62. Formulación de cuentas anuales consolidadas

Art. 63. Estructura de las cuentas anuales consolidadas

7.2.1. EL BALANCE CONSOLIDADO

Su regulación es prácticamente coincidente con las normas del Balance del PGC.

Art. 64. Balance consolidados

7.2.2. LA CUENTA DE PyG CONSOLIDADA

Su regulación es prácticamente coincidente con las normas de la cuenta de PyG del PGC

Art. 65. Cuenta de PyG consolidada

7.2.3. LA MEMORIA CONSOLIDADA

Su regulación es prácticamente coincidente con las normas de elaboración de la memoria de PGC

Art. 66. Memoria consolidada

Art. 67. Cuadro de finan consolidado

Contenido de la memoria consolidada:

•Sociedades dependientes

•Sociedades asociadas y multigrupo

•Bases de presentación de las cuentas anuales consolidadas

•Normas de valoración

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