PRINCIPIOS FISCALES GENERALES

Existen otros principios jurídicos que no están establecidos en la Ley Fundamental, sino en leyes ordinarias, y a los que llamas principios jurídicos ordinarios de los impuestos, porque aun cuando no tienen la fijeza de los estatuidos por la Constitución, si rigen todo lo relativo a los elementos esenciales de los impuestos, como Sujeto, Objeto, Cuotas, forma de recaudación, sanciones, e integran con las normas constitucionales, el Derecho Tributario.


Podemos distinguir tres clases de disposiciones ordinarias: la Ley de ingresos, las Leyes y demás disposiciones reglamentarias de cada uno de los renglones de ingresos, y el Código Fiscal de la Federación.


· LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN: Expedida por el Congreso de la Unión cada año, y no contiene sino una enumeración de los ingresos que puede percibir la misma Federación dentro de cada ejercicio fiscal.


· LEYES Y DEMÁS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS DE CADA UNO DE LOS RENGLONES DE INGRESOS: En las leyes se establecen los elementos esenciales del impuesto: Sujeto, Objeto, Cuota,, Forma de Pago, Época de Pago, procedimiento para la determinación del Crédito Fiscal, sanciones, recursos del causante contra las violaciones de la Ley. Generalmente se expide un reglamento por el Ejecutivo, con referencia a cada ley, para hacer posible su aplicación, y demás las circulares y demás disposiciones necesarias para su mejor cumplimiento

EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN: Contiene normas de derecho positivo, las más avanzadas en cuanto a los principios de las ciencias de las finanzas en materia tributaria. La expedición del Código Fiscal y la creación del Tribunal Fiscal, son dos acontecimientos jurídicos de gran trascendencia, que colocan a nuestro país entre los más avanzados en esta materia.

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