FUENTES DEL DERECHO

1. Fuentes Del Derecho
Existen tres clasificaciones de fuentes de derecho:

1. Fuentes Formales.- Son el proceso de creación de las normas jurídicas. Las fuentes formales de derecho a su vez se clasifican en:
· Legislación. Proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general, a las que se da el nombre especifico de leyes.
· Costumbre. Es un uso implantado en una colectividad y considerado por esta como jurídicamente obligatorio, es el derecho nacido consuetudamente. Tiene dos elementos: 1) Subjetivo, consiste en la idea de que el uso en cuestión es jurídicamente obligatorio y debe por tanto aplicarse. 2) Objetivo, consiste en la practica suficiente prolongada de un determinado proceder.
· Jurisprudencia. Puede definirse de dos maneras, en la primera es la ciencia del derecho o teoría del orden jurídico positivo. Y en la segunda sirve para designar el conjunto de principios y doctrinas contenidas en las decisiones de los tribunales.

2. Fuentes Reales.- son los factores y elementos que determinan el contenido de tales normas.
3. Fuentes Históricas.- Son los documentos (inscripciones, papiros, libro) que encierran el texto de una ley o conjunto de leyes.


2. La hipótesis normativa
Toda norma no es otra cosa mas que una hipótesis normativa, lo que significa que la norma previene, le establece al individuo una limitante en su conducta, le dice, no hagas esto. Esto es él “deber ser”.


3. Jerarquía de Ley:

Constitución.- es la norma suprema que regula la vida jurídica de un país, es la ley de leyes en la cual se encuentra contenido todo el orden normativo que nos rige. sobre la norma constitucional no existe precepto, mandato u orden de ninguna categoría, es la piedra angular en torno a la cual gira y se sustenta todo nuestro orden normativo, además de ser la norma suprema de la mayor importancia y jerarquía, todas las normas o disposiciones legales que vayan en contra de lo que establece nuestra constitución, sé tendrán por no puestas, por no validas.

Leyes federales y tratados internacionales.- las leyes federales son creadas por el congreso de la unión, para que se apliquen en todo el territorio nacional y siempre se van a derivar de un articulo de la constitución federal a quien amplían o complementan. los tratados internacionales son acuerdos que se dan entre dos o más estados soberanos e independientes con él propósito de regular las relaciones que se dan entre los países.

Leyes ordinarias (estatales o locales.- es aquella disposición jurídica que no deriva de ningún articulo de la constitución federal, no obstante lo anterior tiene que seguir el espíritu de la misma en todas y cada una de sus disposiciones, es creada por los congresos locales (cámara de diputados de cada entidad federativa) y su aplicación se circunscribe exclusivamente al ámbito local.

Decretos.- son disposiciones del poder legislativo referente al modo de aplicación de las leyes en relación con los fines, funciones o atribuciones de la administración publica.

Reglamentos.- es una disposición de carácter legislativo expedida por el ejecutivo y se aplica a todas las personas cuya situación recae sobre su campo de acción, el objeto de los reglamentos es facilitar el mejor cumplimiento de la ley.

4. Hecho Jurídico y Actos Juridicos.
Hecho jurídico (en latú-sensú, sentido amplio).- son todos los hechos de la naturaleza, o bien, aquellas conductas humanas que el derecho toma para atribuirle determinadas consecuencias.
Estos se subdividen en: actos jurídicos y en hechos jurídicos
Actos jurídicos.- es la manifestación de la voluntad dada con la finalidad de crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones, y que produce efectos, en virtud de que el autor de esa voluntad así lo desea.


Los actos jurídicos corresponden exclusivamente a los seres humanos, únicamente son ellos los que pueden manifestar su voluntad. estos se subdividen en:
Unilaterales.- interviene una sola voluntad, aquí, el hombre en forma individual, efectúa una declaración unilateral de la voluntad. ejemplo de esto lo encontramos en el testamento.
Bio plurilaterales.- intervienen dos o más voluntades, como ejemplo encontramos a los contratos, que no son otra cosa mas que el acuerdo de dos o más voluntades.


5. Elementos de Existencia y Validez
Todo acto jurídico, para que surta plenamente sus efectos, necesariamente deberá contener; elementos esenciales o de existencia y elementos de validez.



Elementos esenciales o de existencia.- son aquellos sin los cuales el acto jurídico no puede existir, necesariamente, como su nombre lo dice se requiere de su existencia, para que surta sus efectos totalmente. estos son;
- voluntad o consentimiento
- objeto
- solemnidad


Voluntad o consentimiento.-es la declaración hecha por los contratantes para obligarse en los términos que quieran hacerlo. esta debe ser exteriorizada en forma libre y espontánea, bajo ninguna presión.


Objeto.-es aquel que crea, transmite, modifica o extingue derechos y obligaciones; implica una posibilidad de dar, hacer o no hacer
Solemnidad.- es la parte misma del acto jurídico, y no todos los actos lo requieren o presentan, solamente el matrimonio.


en él, la solemnidad consiste en que el acto sé efectúa ante la presencia del juez del registro civil, quien lo encabeza y da cumplimiento a lo que establece la ley.
Elementos de validez.- son aquellos cuya integración al acto jurídico no es esencial, sin embargo su presencia es indispensable en virtud de que sin ellos, simplemente el acto jurídico existe pero no vale. la ley reconoce los siguientes:


- ausencia de vicios de la voluntad.- entre estos encontramos al error, dolo, mala fe y violencia.
- objeto, motivo, fin o condición lícitos.
- capacidad de las partes
- formas de exteriorizar la voluntad
Ausencia de vicios de la voluntad.-los vicios de la voluntad son las circunstancias que impiden la libre y espontánea manifestación de la voluntad en un acto jurídico y que el derecho va a tomar en cuenta para calificar la invalidez del mismo. estos son:
Error.- es una falsa o incompleta concepción de la realidad, es un estado subjetivo de apreciación que esta en desacuerdo con la realidad.


Dolo.- son sujeciones o artificios que sé emplean para inducir o mantener en el error a alguno de los contratantes. (dar a conocer ventajas o características que el objeto no tiene, hablar.)
Mala fe.- es la disimulación del error una vez conocido. (permanecer callado)
Violencia.- es la coacción grave e irresistible, la cual se ejerce sobre las personas para determinarla en contra de su voluntad, para que acepte una obligación
Capacidad de las partes.- se refiere tanto a la capacidad de goce, como la capacidad de ejercicio.

0 comentarios: