LA RESPONSABILIDAD POR GARANTIA

La Responsabilidad por garantía se presenta cuando una persona física o moral voluntariamente afecta un bien de su propiedad u otorga una fianza, con el objeto de responder ante el Fisco, a nombre y por cuenta del sujeto pasivo obligado directo, del debido entero de un tributo originalmente a cargo de este ultimo y cuyo pago ha quedado en suspenso en el supuesto de que al ocurrir su exigibilidad, el propio obligado directo no lo cubra oportunamente.


La figura del sujeto pasivo obligado por garantía nace de la necesidad económica que el estado tiene de contar con medios de asegurar la percepción de tributos exigibles cuyo cobro ha quedado en suspenso debido a la interposición por parte del afectado de un juicio, recurso o medio de defensa legal por la naturaleza misma de determinadas operaciones aduanales, o por la tramitación de algún beneficio fiscal. En síntesis podemos colegir que el sujeto pasivo obligado por garantía debe su existencia y reconocimiento legal a la ineludible necesidad de que el Estado asegure, por todos los medios a su alcance, la percepción de los ingresos tributarios.

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