DERECHO ADMINISTRATIVO

1. Concepto

Conjunto de normas de derecho que regulan la organización, estructura y actividad de la parte del Estado que se identifica con la administración pública o poder ejecutivo, sus relaciones con otros órganos del estado y con los particulares.

2. Acto Administrativo y su Alcance juridico
Es la finalidad principal del estado, que es la de dar satisfacción al interés general, mediante intervenciones tendientes a regular y fomentar la actividad de los particulares.


3. Organización administrativa del Estado.
Son las formas en que se ordenan los órganos administrativos para constituir y dar unidad a la administración publica.
La Centralización.- Existe cuando los órganos están colocados en diversos niveles, pero todos en una situación de dependencia en cada nivel hasta llegar a la cúspide en que se encuentra el jefe supremo de la administración publica.
La Desconcentración.- Es la delegación de ciertas facultades de autoridad que hace el titular de una dependencia en favor de órganos que le están subordinados jerárquicamente.
La Descentralización.- Es cuando se confía la realización de algunas actividades administrativas a organismos desvinculados en mayor o menor grado de la Administración Central.
Empresas de Participación Estatal.- Es una forma de organización a la que el estado recurre como uno de los medios directos de realizar su intervención en la vida económica del país.


4. Formas administrativas para la adquisición de bienes por parte del estado
Son muy variados los actos jurídicos y procedimientos a través de los cuales el Estado adquiere sus bienes. En estos casos el dominio del Estado se ha extendido considerablemente en la medida que su intervención se señala en mayor escala.
Algunos modos de adquisición son:
Confiscación. Estos modos han sido objetados por la doctrina estimando que no son modos de adquirir el dominio.
Expropiación: "La autoridad judicial ha sido considerada como el guardián de la propiedad privada." Expropiar significa etimológicamente privación de la libertad y para otros "fuera de la propiedad", es una institución administrativa de derecho público, necesaria para que el Estado pueda atender el funcionamiento de los servicios públicos y sus demás fines.
Nacionalización: La nacionalización es un régimen de derecho público estricto, establecido, por medio del cual determinados bienes pasan al dominio total, exclusivo y definitivo de la nación, que n lo sucesivo será la única que podrá disponer de ellos con arreglo a la ley. Se llama también nacionalización a la explotación de una empresa privada bajo un régimen público exorbitante.
Requisición: La requisición sólo opera en circunstancias excepcionales que la ley enumera limitadamente.

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